Reformas o arreglos en pisos de alquiler


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Estás asentado en un piso de alquiler desde hace años, es casi tu sitio pero te gustaría realizar algún cambio. Tienes dudas de qué tipo de reformas podrías realizar y cuales son reversibles en el caso de que te marches del piso. Existe algún tipo de avería en tu hogar y no sabes si te corresponde a ti o al casero repararla.

¿Puedo realizar una reforma en el piso? ¿Me corresponde pagar la reparación de las tuberías de mi baño? Resolvemos todas tus dudas y te facilitamos toda la información que necesitas sobre reparaciones y reformas en pisos de alquiler. ¡Sé consciente de tus posibilidades y de los deberes que no te corresponden!

En primer lugar tendremos que conocer la diferencia entre las posibles obras que se pueden realizar en un piso, existen tres, de reparación, de mejora y del arrendatario. Te las explicamos:

Obras de Conservación

En una vivienda, es el casero el que debe realizar las reformas pertinentes para que sea un lugar habitable. Si se trata de una avería inmediata y urgente, es el inquilino el que deberá hacerse responsable en el momento para evitar problemas. Posteriormente podrá exigir la cantidad pagada al casero.

El inquilino tendrá que informar de las averías a su casero.

Si es necesario realizar una serie de obras antes de que finalice el contrato, el inquilino deberá soportarlas.

Si una obra se alarga y dura más del plazo de 20 días, el alquilado podrá disminuir su renta por el espacio del que es privado en ese periodo de tiempo.
En caso de que unas obras hagan inhabitable la vivienda, el inquilino puede suspender el contrato, paralizarlo y quitarse del pago de la renta.

(Art. 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994)
(Art. 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994)

Obras de Mejora

(Art. 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994)

El inquilino tendrá que soportar este tipo de obras, si no se pueden retrasar a la finalización del contrato de alquiler.

– El casero tendrá que avisar con tres meses de antelación y por escrito. Indicando la duración de las obras, la fecha de comienzo y qué se va a realizar.
– El inquilino dispone de un mes desde la notificación para desistir del contrato si las obras afectan a su rutina de manera importante.
– Finalizara el alquiler en el plazo de dos meses, desde la parada de las obras. En ese plazo no podrán volver a iniciarse de nuevo.
– Si el inquilino vive en la vivienda durante las obras, podrá disfrutar de una disminución de la renta.

En el caso de que el casero, realice obras para la mejora de la vivienda y duran 5 años, podrá pactar con el inquilino una subida del alquiler sin que pueda exceder el 20% de la renta vigente en el momento. Esta subida se produciría a partir del mes siguiente a la finalización de las obras.

Obras del inquilino

(Artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994)

En este caso, el inquilino deberá asumir la reforma y reparación de ciertas averías de desgaste de uso diario. Entrarían griferías, cierres de puertas, persianas, luces, llaves de luz, etc.

En cuanto a realizar obras y reformas, el inquilino deberá tener el consentimiento escrito de su casero para todas aquellas obras que modifiquen la vivienda.

Si el arrendatario realiza obras sin consentimiento del propietario, éste podrá:

Resolver el contrato.

Exigir al inquilino que reponga las cosas al estado anterior, o respetar la obra sin que el propietario se haga cargo de los costes
En el caso de que el inquilino sea discapacitado podrá realizar las obras pertinentes para el disfrute de la vivienda. Deberá avisarlo antes y por escrito a su casero. Posteriormente a su contrato deberá reponer la vivienda a su estado original, en el caso de que su casero se lo exija.

Sin duda, es un tema complejo sobre el que deberemos meditar previamente y estar seguro de que lo que hagamos está dentro de la ley. Respetando el espacio que habitamos y conociendo qué podemos realizar y qué no debemos sobrepasar.
Seguro que esta información te es muy útil a la hora de conocer los límites entre casero y arrendatario. Además de tener consciencia de las posibilidades que tienes a la hora de realizar una obra en un piso de alquiler.

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