Fiscalidad ventajosa (I) - La cuenta vivienda
- Lunes 7 Agosto 2006
Comienzo con una serie de posts dedicados a la fiscalidad ventajosa del mercado inmobiliario, no sólo en compra, sino también en alquiler.
Uno de los productos más conocidos para desgravación fiscal en España es la cuenta vivienda. La cuenta vivienda es un producto muy interesante si se está pensando en comprar o rehabilitar la vivienda habitual (no es válido para una segunda vivienda).
Cualquier cuenta o depósito, aunque el banco no la califique como cuenta vivienda, puede ser usada para este fin, aunque habrá que comunicarle al banco que dicha cuenta se va a usar como cuenta vivienda para que informe a hacienda. Los fondos de inversión no pueden ser usados como cuenta vivienda.
La desgravación fiscal que permiten estas cuentas es muy importante. Hacienda permite deducir un 15% de lo ingresado en la cuenta cada año, hasta un máximo de 9.015,18 euros. Se puede ingresar más dinero al año pero por el restante no obtendremos desgravación. Si ingresamos el máximo posible Hacienda nos devolverá 1.352,28 euros cada año que tengamos la cuenta.
El límite temporal es 4 años. Y si no compramos o rehabilitamos la vivienda habitual habrá que devolver el dinero desgravado aplicando los intereses de demora. Este es el mayor inconveniente de la cuenta vivienda, que te sitúa entre la espada y la pared, o compras o devuelves mucho dinero a Hacienda, lo que puede llevar a tomar acciones precipitadas. Hay que meditar mucho, por tanto, antes de abrirse una cuenta vivienda.
Otra cosa importante a considerar es la rentabilidad de la cuenta a abrir. Si nos decantamos por una cuenta estipulada por el banco como Cuenta Vivienda y no queremos complicarnos la vida abriendo depósitos e informando al banco, es importante saber que hay bancos que ofrecen cuentas más rentables que otros. Bancopopular-e.com (2,75% TAE), Uno-e (2,5% TAE) e ING Direct (2,45% TAE) ofrecen, actualmente, las cuentas vivienda más rentables.
El último detalle es que en Navarra y el País Vasco tienen una normativa diferente de las cuentas vivienda.
Más información | Consumer, Finanzas.com
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Comentarios
¡Añade tu comentario!En Cataluña creo que las condiciones tambien son diferentes.
Hay una desgravación maxima del 16′5% sobre los 9.015 euros, siempre que se cumplan ciertos requisitos y si no se cumplen solo desgrava el 13′5%
Cierto, Kim, más detalles aquí.
Sólo un comentario: la mayoría de la gente se asusta de pensar en una cuenta vivienda, con la idea de que si luego no te la compras “tienes que pagar muchísimo a Hacienda”. Lo cierto es que no se pierde apenas nada (si no compras, simplemente devuelves un dinero que habrías pagado de todos modos). Sólo veo problema si vives sin ahorrar apenas, pero sino, sólo le veo ventajas.
Hay un problem el límite de lo que te dejan ahorrar es muy bajo, sea el que sea, y al cabo de cuatro años tienes escasamente para pagar el 7% de transmission de Inmuebles, lo que te obligas a comprar no lo que quieres, sino cualquier cosa que puedas pagar.
Es un efecto perverso de la cuenta Ahorro Vivienda. Deberian dejar ahorrar mas, o dejar ahorrar durante más años para que te pudieras comprar una casa mas acorde con lo que deseas.
Hay otra “pega” y es que, cuando por fín te compras la vivienda, el dinero que se dedujo de la cuenta ahorro no podrá ser deducido del IVA… así que en realidad la cuenta te adelanta el dinero que tarde o temprano te devolverán.
Yo tengo una duda y es algo que no me queda nunca claro del todo… Espero que alguien me pueda echar una mano.
Abrí una cuenta vivienda pero como la rentabilidad era muy baja pues sacaba el dinero y lo ponía en depositos a meses pero a final de año siempre lo volvía a poner en la cuenta de manera que siempre fue incrementando el dinero hasta que este año lo usaré para la compra de mi casa.
En mi opinión, muestro a Hacienda el dinero que pienso invertir en la casa demostrando ahorro y no creo que deba haber problema por sacarlo parte del año si al final ese dinero va a ser invertido en su totalidad en la casa. Por otra parte, si no fuese así, resultaría paradojico, que un instrumento de ayuda como la cuenta vivienda que, aunque te permita deducir, te ata a una rentabilidad infima (entonces se suponía que un depósito no valía) perdiendo valor real del dinero puesto que un 1.00 % obviamente era menor que el crecimiento de la vivienda y la inflación.
La cuestión es que todavía no me ha devuelto Hacienda este año y aunque también podría haberme deducido por aportaciones al promotor por casi la misma cantidad, tengo la preocupación de que haya algún problema…
Ustedes que opinan?
Gol, creo que lo que has hecho a los ojos de Hacienda no es lo correcto. Podrías haberlo invertido en depósitos bancarios (y a tenor de una sentencia judicial, también financieros, aunque está por ver la jurisprudencia que eso genera), pero indicando siempre el depósito donde has invertido dicho dinero en la declaración de la renta. Y para ello es posible que tengas primero que cerrar tu actual cuenta vivienda.
Lo mejor es que consultes esta duda a tu banco o a un asesor fiscal.
Hola, va a hacer 3 años q tengo la cuenta vivienda, y ahora he heredado un piso el cual voy a reformar completamente, q tengo q hacer pa no tener q devolver el dinero q he ido desgravando??, esa va a ser mi primera vivienda y mi vivienda habitual, como hago para usar el dinero para rehabilitarla??tengo q ponerla a mi nombre??cuesta muxo ponerla a mi nombre??q otras formas hay??
Gracias