La Comunidad de Madrid apuesta por el Arbitraje


Madrid

A finales del 2007 tuvimos un debate en Cienladrillos sobre el arbitraje en materia de alquiler. Esta formula estaba cobrando fuerza ante la falta de respuesta que el sistema judicial otorgaba a los propietarios. Así, empresas jurídicas especializadas en materia de arbitraje lo vieron claro, y sacaron al mercado una serie de productos que, bajo el nombre de Planes (a mi nombre equivoco, pues alguien puede confundirlo con iniciativas públicas) comercializaban sus servicios. Así, las inmobiliarias, incorporaban clausulas de sumisión a arbitraje de estas empresas en sus contratos de alquiler como garantía a la hora de la resolución de los conflictos surgidos del contrato. Dichas practicas se complementaban con un contrato de seguros que pudiese cubrir daños o impagos.

Pero como recogía Arbiter no es un asunto para nada pacífico. Según él, Promein Abogados, etc (yo soy de la misma opinión) el inquilino es un consumidor, y no se puede someter al mismo a un arbitraje que no sea de consumo o creado por normativa legal ad hoc. La propia Presidenta de la Junta Arbitral de de Consumo de Madrid respalda dicha interpretación. Por tanto, creo que este tipo de soluciones más que garantidas aporta grandes dudas. Sin embargo, su nacimiento ha provocado algún movimiento.

Y es que segun nos informan en El Blog de la Vivienda Actual, la Comunidad de Madrid ha aprobado la creación de un Consejo Arbitral para resolver las cuestiones derivadas del alquiler. Se trataría de un órgano arbitral de consumo, público, especializado en la materia. Ojalá dicha medida sea seguida por el resto de Comunidades Autónomas, en vez de gastarse el dinero en pagar los pufos de los malos inquilinos.

Sin embargo, una vez más debo recordar las limitaciones del arbitraje, que no puede ser considerado como la piedra filosofal. A diferencia de lo que señala la fuente no supone un incremento de las garantías, más bien todo lo contrario, tal y como ya hemos denunciado. Realmente lo que supone es una reducción del tiempo empleado en ligar, aunque tampoco totalmente, ya que si queremos ejecutar la sentencia de desahucio o de reclamación de cantidad deberemos hacerlo a través de un Juzgado ordinario.

En todo caso, en esta materia es preferible la solución pública a la privada.

Vía | El Blog de la Vivienda Actual

En Cienladrillos | Aumenta el número de contratos de alquiler con la cláusula de arbitraje, ¿Conviene el arbitraje en el alquiler?


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