Es más o menos frecuente encontrar en los contratos de compraventa de viviendas alguna cláusula con la que no nos mostramos muy de acuerdo. El caso más extendido consiste en obligar al comprador a subrogarse a la hipoteca concertada por el promotor con alguna entidad de crédito. Esto es un excelente negocio para el banco o caja que concede el préstamo puesto que se asegura un buen número de clientes, y a pesar de esta circunstancia no suelen ofrecer unas condiciones demasiado ventajosas para los futuros hipotecados, más bien hay que pasar por el aro y aceptar lo que venga.
La buena noticia viene de parte del Gobierno que pretende acabar con estas prácticas abusivas llevadas a cabo tanto por promotoras como por constructoras. Se está elaborando una reforma de la Ley de Defensa de los Consumidores que incluya la prohibición a obligar a subrogarse a una hipoteca determinada y el cobro de penalizaciones por rechazarla.
Además se tendrán en cuenta más cláusulas como, por ejemplo, que la promotora exija el pago de los gastos derivados de la instalación de los suministros básicos para la habitabilidad: electricidad, agua o gas. O bien el pago de la plusvalía experimentada por la vivienda, esto es la diferencia de precio existente entre el tiempo transcurrido desde la venta de la vivienda hasta la entrega de la misma.
Puedes aprovechar este momento para escribir algún comentario acerca de alguna situación que hayas vivido u oído y que consideres que se trata de una cláusula abusiva en los contratos de compraventa de pisos.
Vía | Urbanoticias.com