¿Conviene el arbitraje en el alquiler?


El miedo a alquilar una vivienda. Hablamos del arrendatario: muchos mantienen los pisos vacíos por temor al impago por parte del inquilino o porque éste se niegue cumplir distintas cláusulas del contrato de alquiler. Teniendo en cuenta la lentitud con que muchas veces la justicia soluciona este tipo de conflictos, los propietarios más temerosos «pasan» de alquilar sus vivienas aún a costa de perder los ingresos que pudieran obtener.

Pero tenemos la figura del arbitraje en el alquiler, algo que recomiendo por varios motivos. Para poder utilizarlo en el contrato de arrendamiento se debe añadir una cláusula que lo especifique, detallando que temas someten al arbitraje (impago, mal estado de la vivienda, momentos de abandono). Una vez firmado, cualquiera de las dos partes puede formular una queja ante la Corte de Arbitraje y es ahí donde empiezan las ventajas: un máximo de tres meses en resolver, la misma validez que una sentencia judicial firme (sin recursos) y un coste fijo que correrá a cargo de la parte incumplidora.

En definitiva, más seguridad para arrendatarios y para inquilinos.

Más información | Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación – ACAM.


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