Subir el alquiler por subida de la comunidad


Si vives en un piso de alquiler es posible que te hayas encontrado alguna vez con que el propietario del piso te ha llegado diciendo que, como van a subir la comunidad, te va a cobrar más por el alquiler del piso y te hayas quedado sin saber si eso es legal o no.

Pues bien, ahora que los alquileres están a la orden del día, más que nada porque no muchas personas pueden permitirse comprar una vivienda para uno mismo, este problema puede darse, sobre todo a partir de septiembre que es incluso cuando los estudiantes universitarios buscan pisos para estar el curso académico.

A este respecto la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite que las partes de un contrato acuerden que los gastos que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación corran a cargo del inquilino. Es decir, que se pague una parte o en función de lo que se gaste (luz, agua, comunidad, etc.).

Todos esos datos han de recogerse en el contrato para que así  tenga validez y, en caso de subidas, se pueda alegar si es correcto o no.

Sin embargo, durante los cinco primeros años solo podrán aumentar de año en año los alquileres y nunca en un porcentaje superior al doble de aquel en el que pueda incrementarse la renta conforme al Art. 18. 1 de la LAU. Este artículo estipula que la única subida que se puede dar en el alquiler es si el IPC sube, pero no habla nada de la cuota de la comunidad de vecinos por lo que en este caso no podrían subirte el alquiler por ese motivo.

Pasados los cinco años se regirá conforme a lo que el contrato diga, que tiene que decir algo. Es por eso que hay que leerlo bien antes de firmar (sobre todo las cláusulas).


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