Un crematorio al lado de tu vivienda


humoImaginemos que nos hemos gastado una enorme cantidad de dinero, o que hemos firmado una megahipoteca, con la finalidad de adquirir nuestra vivienda habitual. O supongamos que hemos compra la misma con una finalidad inversora. Y entonces van y nos colocan al lado no sólo un tanatorio. Nos colocan un horno crematorio para incinerar cadáveres. Y todo ello dentro de la más estricta legalidad. Evidentemente la situación puede ser explosiva. Y de hecho lo esta siendo.
Me refiero a Bilbao. Funeraria Bilbaína, una de las principales firmas de este este servicio en Vizcaya, le ha ganado un pleito en segunda instancia al Ayuntamiento de Bilbao (PNV+EA+IU). Ha visto reconocido su derecho, conforme a la normativa actual, a instalara en el Tanatorio ya existente, de un horno crematorio. El Ayuntamiento, a través de normativas preconstitucionales y de la analogía, pretendía impedirlo, haciéndose eco de las presiones de los vecinos de la zona. EL Tribuna Superior de Justicia del País Vasco le ha dicho que nones, que esa instalación es legal. Supongo que al margen de haber ganado el caso, la Empresa le pasará los costes de Abogados a la Corporación Local. No sería descabellada una indemnización por el retraso sufrido. Pero es que el asunto es todavía más duro de digerir.

La gestión del Ayuntamiento no parece la más ortodoxa. En 1995, Funeraria Bilbaína adquirió un local en una zona cercana para instalar un Tanatorio (este sin horno). El Ayuntamiento (PNV+EA+PSE), sujeto al mismo tipo de presiones populares, llego a un acuerdo con la firma para evitar concederle la licencia a la que también tenía derecho. Resultado, hubo que pagarle 1,5 mm de euros de dinero publico más el solar donde ahora se ha edificado el inmueble objeto de la polémica. Vamos, que los políticos trasladaron un problema, lo agravaron y encima pagaron por ello.

El Ayuntamiento, dándose cuenta del vacío legal, introduce en el PGOU una serie de limitaciones para este tipo de instalaciones con posterioridad al surgimiento del litigio. Pues bien, Funeraria Bilbaína también lo ha recurrido. Si gana el pleito la competencia lo tendrá fácil y claro, y el problema puede multiplicarse en poco tiempo.

En esta noticia se dan multitud de cuestiones muy sugerentes:

  • ¿Qué se puede considerar una actividad insalubre y qué no?, ¿que tipo de perjuicios reales causa esta actividad?
  • ¿Queremos todo tipo de servicios pero no las posibles incomodidades que se deriven de ellos?
  • ¿Seguro que la vivienda es una inversión tan estable?
  • ¿En qué piensan los políticos cuándo manejan dinero público?
  • ¿No eran conscientes de la problemática que se avecinaba al cederles dicho solar en dicha ubicación?, ¿quién planifica en dicho Ayuntamiento?

Vía | El Correo

Foto | Vitorio Benedetti


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