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	<title>Comentarios en: Cómo vender en plena crisis 6 – Elegir buenas agencias</title>
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	<description>Blog sobre todo lo que te interesa sobre el mundo inmobiliario: vivienda, precios, hipotecas, consejos prácticos...</description>
	<lastBuildDate>Tue, 07 Feb 2012 14:56:56 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Abuelo</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12396</link>
		<dc:creator>Abuelo</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Feb 2008 15:26:21 +0000</pubDate>
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		<description>Aquí están las normas que aprobó el Gobierno sustentado por el Partido Popular para liberalizar la intermediación inmobiliaria:

Real Decreto Ley 4/2000.

Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario y transportes.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Aquí están las normas que aprobó el Gobierno sustentado por el Partido Popular para liberalizar la intermediación inmobiliaria:</p>
<p>Real Decreto Ley 4/2000.</p>
<p>Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario y transportes.</p>
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		<title>Por: Abuelo</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12326</link>
		<dc:creator>Abuelo</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Jan 2008 18:59:22 +0000</pubDate>
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		<description>Revisa la información de entonces , porque el Decreto (y por tanto deduzco que fue un Reglamento) salió del Ministerio de Economía, a cargo entonces de Rodrigo Rato. Si encuentro yo el dato, lo pondré aquí. Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Revisa la información de entonces , porque el Decreto (y por tanto deduzco que fue un Reglamento) salió del Ministerio de Economía, a cargo entonces de Rodrigo Rato. Si encuentro yo el dato, lo pondré aquí. Un saludo.</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: Gpunto</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12145</link>
		<dc:creator>Gpunto</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Jan 2008 11:51:02 +0000</pubDate>
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		<description># Abuelo
Puedo estar confundido, pero no recuerdo ningún Real Decreto que derogara el monopolio que tenían las APIs durante el gobierno de Aznar ni tampoco posteriormente, hasta el dado hace poco que nuevamente regula las competencias de las APIs y simplemente recoge la realidad actual, o sea, que no es preciso ser API para abrir una Agencia Inmobiliaria.

Lo que recuerdo es que en un pleito entre APIs y una persona que había abierto una Agencia Inmobiliaria en Gerona sin ser API, las APIs perdieron por goleada el juicio. 
No solo perdieron con costas, sino que el Tribunal considero que no había lugar al monopolio que hasta entonces habían ejercido las APIs en la venta de viviendas, y obligó a publicar, con los mismos medios que antes había usado para denunciar como ilegal a la Agencia no API, que esa agencia  estaba autorizada para ejercer su mediación en la ventas de viviendas.

Esta sentencia fue el pistoletazo de salida para la apertura de Agencias no APIs en toda España.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p># Abuelo<br />
Puedo estar confundido, pero no recuerdo ningún Real Decreto que derogara el monopolio que tenían las APIs durante el gobierno de Aznar ni tampoco posteriormente, hasta el dado hace poco que nuevamente regula las competencias de las APIs y simplemente recoge la realidad actual, o sea, que no es preciso ser API para abrir una Agencia Inmobiliaria.</p>
<p>Lo que recuerdo es que en un pleito entre APIs y una persona que había abierto una Agencia Inmobiliaria en Gerona sin ser API, las APIs perdieron por goleada el juicio.<br />
No solo perdieron con costas, sino que el Tribunal considero que no había lugar al monopolio que hasta entonces habían ejercido las APIs en la venta de viviendas, y obligó a publicar, con los mismos medios que antes había usado para denunciar como ilegal a la Agencia no API, que esa agencia  estaba autorizada para ejercer su mediación en la ventas de viviendas.</p>
<p>Esta sentencia fue el pistoletazo de salida para la apertura de Agencias no APIs en toda España.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Abuelo</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12132</link>
		<dc:creator>Abuelo</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Jan 2008 16:57:42 +0000</pubDate>
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		<description>Matización al mensaje de Gpunto:

El Tribunal Supremo no deroga nada (como mucho, tratándose de juzgados, eso sólo puede hacerlo el Constitucional). Otra cosa es que sus decisiones sienten jurisprudencia, pero sólo en el ámbito de los tribunales, es decir, para quienes decidan litigar, no derogando ninguna regulación preexistente. Y la U.E. imagino que forzó a ese cambio de legislación al gobierno de entonces a través de alguna directiva o similar (creo que no fue un Reglamento, que es la única norma europea que se aplica directamente).

Por lo tanto, el gobierno del PP sí tuvo que ver en la derogación de la anterior regulación, aunque su actuación viniese ya muy determinada por los sucesos precedentes: podría haberse demorado bastante más, que es lo que en estos casos suele suceder (recuérdese el caso de la propiedad intelectual y el cánon). Sin olvidar que Rodrigo Rato liberalizó el sector más de lo que jurídicamente era imprescindible.

Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Matización al mensaje de Gpunto:</p>
<p>El Tribunal Supremo no deroga nada (como mucho, tratándose de juzgados, eso sólo puede hacerlo el Constitucional). Otra cosa es que sus decisiones sienten jurisprudencia, pero sólo en el ámbito de los tribunales, es decir, para quienes decidan litigar, no derogando ninguna regulación preexistente. Y la U.E. imagino que forzó a ese cambio de legislación al gobierno de entonces a través de alguna directiva o similar (creo que no fue un Reglamento, que es la única norma europea que se aplica directamente).</p>
<p>Por lo tanto, el gobierno del PP sí tuvo que ver en la derogación de la anterior regulación, aunque su actuación viniese ya muy determinada por los sucesos precedentes: podría haberse demorado bastante más, que es lo que en estos casos suele suceder (recuérdese el caso de la propiedad intelectual y el cánon). Sin olvidar que Rodrigo Rato liberalizó el sector más de lo que jurídicamente era imprescindible.</p>
<p>Un saludo.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Gpunto</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12124</link>
		<dc:creator>Gpunto</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 18:37:29 +0000</pubDate>
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		<description>Por orden 
#Vicent
No es necesario ser API para intervenir en la venta de inmuebles. Al día de hoy no se necesita ningún requisito especial. Si abres una agencia necesitaras los mismos permisos y burocracia que para abrir otro tipo de establecimientos.
Actualmente el título de Agente inmobiliario o API ha sido regulado recientemente. Lee este artículo sobre el tema http://www.cienladrillos.com/2007/10/16-nuevo-estatuto-de-agente-inmobiliario-sin-grandes-cambios   en él te redireccionan al Real Decreto 1294/2007 de 28 de Septiembre de 2007 que regula hoy la titulación.

# Abuelo
Lo que lo derogó, fue una sentencia del Tribunal Supremo  como consecuencia de un pleito por difamación de los APIS locales contra quien no lo eran en Gerona. También hubo quejas del entonces Mercado Común  por prohibir actuar a los agentes europeos España. El PP nada tuvo que ver, salvo que en ese momento estaban en el gobierno y siguió las directrices marcadas por el Tribunal Supremo y el Mercado Común que ordenaban el cese del monopolio de las APIS..

# Pedro 
El propietario no puede permitir la entrada en vigor automáticamente de las arras, pues puede ocurrir que no teniendo nadie la exclusiva, se de coincidencia de venta en dos puntos diferentes. 
La solución habitual, es tomar la agencia la señal en custodia, (en un cheque), hasta obtener la conformidad del propietario con un plazo máximo de 24 horas. En ese periodo de tiempo el cheque permanece en la oficina del agente sin llevarlo al banco, hasta que el propietario da la conformidad al agente o ne caso contrario se devuelve a los clientes.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Por orden<br />
#Vicent<br />
No es necesario ser API para intervenir en la venta de inmuebles. Al día de hoy no se necesita ningún requisito especial. Si abres una agencia necesitaras los mismos permisos y burocracia que para abrir otro tipo de establecimientos.<br />
Actualmente el título de Agente inmobiliario o API ha sido regulado recientemente. Lee este artículo sobre el tema <a href="http://www.cienladrillos.com/2007/10/16-nuevo-estatuto-de-agente-inmobiliario-sin-grandes-cambios" rel="nofollow">http://www.cienladrillos.com/2007/10/16-nuevo-estatuto-de-agente-inmobiliario-sin-grandes-cambios</a>   en él te redireccionan al Real Decreto 1294/2007 de 28 de Septiembre de 2007 que regula hoy la titulación.</p>
<p># Abuelo<br />
Lo que lo derogó, fue una sentencia del Tribunal Supremo  como consecuencia de un pleito por difamación de los APIS locales contra quien no lo eran en Gerona. También hubo quejas del entonces Mercado Común  por prohibir actuar a los agentes europeos España. El PP nada tuvo que ver, salvo que en ese momento estaban en el gobierno y siguió las directrices marcadas por el Tribunal Supremo y el Mercado Común que ordenaban el cese del monopolio de las APIS..</p>
<p># Pedro<br />
El propietario no puede permitir la entrada en vigor automáticamente de las arras, pues puede ocurrir que no teniendo nadie la exclusiva, se de coincidencia de venta en dos puntos diferentes.<br />
La solución habitual, es tomar la agencia la señal en custodia, (en un cheque), hasta obtener la conformidad del propietario con un plazo máximo de 24 horas. En ese periodo de tiempo el cheque permanece en la oficina del agente sin llevarlo al banco, hasta que el propietario da la conformidad al agente o ne caso contrario se devuelve a los clientes.</p>
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		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12123</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 17:48:17 +0000</pubDate>
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		<description>&quot;Autorice a cobrar en su nombre un contrato de arras, con entrada en vigor a partir del día siguiente laborable, para prevenir que dos agencias vendan simultáneamente el piso y no podamos cumplir con ambas el compromiso de venta. . &quot;
Imagino que se tratará de una errata, porque de lo contrario estáis completamente equivocados.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;Autorice a cobrar en su nombre un contrato de arras, con entrada en vigor a partir del día siguiente laborable, para prevenir que dos agencias vendan simultáneamente el piso y no podamos cumplir con ambas el compromiso de venta. . &#8221;<br />
Imagino que se tratará de una errata, porque de lo contrario estáis completamente equivocados.</p>
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	<item>
		<title>Por: Abuelo</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12122</link>
		<dc:creator>Abuelo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 16:53:50 +0000</pubDate>
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		<description>En cuanto a estudios o titulaciones, me temo que ninguno. El gobierno del PP anterior liberalizó el sector a golpe de decreto de la noche a la mañana.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En cuanto a estudios o titulaciones, me temo que ninguno. El gobierno del PP anterior liberalizó el sector a golpe de decreto de la noche a la mañana.</p>
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	<item>
		<title>Por: Vicent</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12121</link>
		<dc:creator>Vicent</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 15:56:45 +0000</pubDate>
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		<description>Es posible, también he de decir que era un API con varios años de experiencia. Más tarde me dijeron que no era necesario ser API para dedicarse a la compra-venta, cosa que me sorprendió e ignoraba. ¿Alguien me podría decir los requisitos para ser API? y si no es necesario, ¿qué requisitos son necesarios para dedicarse a la compra-venta?, gracias de antemano.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es posible, también he de decir que era un API con varios años de experiencia. Más tarde me dijeron que no era necesario ser API para dedicarse a la compra-venta, cosa que me sorprendió e ignoraba. ¿Alguien me podría decir los requisitos para ser API? y si no es necesario, ¿qué requisitos son necesarios para dedicarse a la compra-venta?, gracias de antemano.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Gpunto</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12120</link>
		<dc:creator>Gpunto</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 14:07:22 +0000</pubDate>
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		<description>#Vicent
Creo Vicent que diste con una buena agencia, que realmente se gano el dinero que te cobraron, por eso no te parecen caros.
Hay muchas agencias así, pero desgraciadamente  no lo son todas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>#Vicent<br />
Creo Vicent que diste con una buena agencia, que realmente se gano el dinero que te cobraron, por eso no te parecen caros.<br />
Hay muchas agencias así, pero desgraciadamente  no lo son todas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Vicent</title>
		<link>http://www.cienladrillos.com/2008/01/05-como-vender-en-plena-crisis-6-a-elegir-buenas-agencias/comment-page-1#comment-12119</link>
		<dc:creator>Vicent</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 11:48:43 +0000</pubDate>
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		<description>He de decir que cuando, decidí vender mi casa, no disponía de tanta información como ahora, así que después de 8 meses sin resultados, me decidí por una inmobiliaria de barrio  cercana a mi casa. Me tasaron el piso, hicieron fotos, planos, me dijeron los impuestos que tendría que pagar y se encargaron ellos de todos los trámites, desde enseñarlo, pasando por la financiación del comprador, escriturarlo, etc, me cobraron un 3,5 % y según el comprador le cobraron 1% por la gestión de la financiación (lo había intentado directamente y los bancos le habían negado la hipoteca). De modo que en mi caso, es mejor un 96,5% de algo que un 100% de nada. Y todo ello en menos de 6 meses. Estoy seguro que habrá muchas oponiones, pero en mi caso quedé muy contento, claro que para gustos hay colores.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>He de decir que cuando, decidí vender mi casa, no disponía de tanta información como ahora, así que después de 8 meses sin resultados, me decidí por una inmobiliaria de barrio  cercana a mi casa. Me tasaron el piso, hicieron fotos, planos, me dijeron los impuestos que tendría que pagar y se encargaron ellos de todos los trámites, desde enseñarlo, pasando por la financiación del comprador, escriturarlo, etc, me cobraron un 3,5 % y según el comprador le cobraron 1% por la gestión de la financiación (lo había intentado directamente y los bancos le habían negado la hipoteca). De modo que en mi caso, es mejor un 96,5% de algo que un 100% de nada. Y todo ello en menos de 6 meses. Estoy seguro que habrá muchas oponiones, pero en mi caso quedé muy contento, claro que para gustos hay colores.</p>
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