Razones para echar a un inquilino
- Jueves 12 Octubre 2006
La legislación española sobre arrendamiento es bastante favorable a los inquilinos durante los cinco primeros años de contrato, estipulando subidas de renta ajustadas al IPC y la práctica imposibilidad de echar al inquilino si este paga puntualmente la renta. Lo cual, según mi criterio, es acertado, ya que así se da cierta seguridad al arrendatario y no tiene que estar permanentemente pensando que le van a echar o a subir la renta de un día para otro.
Pero siempre es interesante para el arrendador conocer los motivos legales por los que puede rescindir el contrato de arrendamiento antes de que transcurran cinco años. El artículo 27 de la ley de arrendamientos urbanos dice lo siguiente:
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a. La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
b. La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
c. El subarriendo o la cesión inconsentidos.
d. La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador, cuando el consentimiento de éste sea necesario.
e. Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
f. Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.
Resumiendo, porque no paga, porque realquile, porque haga destrozos, porque haga cosas ilegales o molestas en el piso y porque el arrendador necesite la vivienda para su uso personal. Este último supuesto, el de la necesidad para uso personal, debe reflejarse en el contrato, y el arrendador debe fijar su nueva residencia en la vivienda arrendada en menos de tres meses desde el desalojo del inquilino.
Creo que es muy interesante leer el artículo de EnAlquiler en el que explican un caso particular de unos arrendatarios que quieren echar a su inquilino y se cumplen algunos de los supuestos anteriormente mencionados.
Vía | EnAlquiler
En Cienladrillos | Arrendamiento
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Comentarios
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Hola: Soy dueño de un piso en régimen de alquiler. Alquilé el piso por mediación de una agencia inmobiliaria. El inquilino me debe dos meses y quiero denunciar. ¿Dónde debo dirigirme a presentar la denuncia?. La agencia inmobiliaria que medió en el alquiler, ¿tiene alguna responsabilidad?. Muchas gracias.
Jesús:
Lo mejor es que acudas a un abogado para que te asesore en estas dudas. Recuerda que aunque te cueste dinero y tiempo, al final el inquilino será deshauciado y deberá pagarte todo lo que te dejó sin pagar (a no ser que sea insolvente).
Gracias Alejandro por tu respuesta.
Otro cuestión.
El art. 27d de la L. A. U., dice que es motivo para echar a un inquilino: “La realización de daños causados dolosamente en la finca…” y mi duda es si el propietario es responsable subsidiario cuando esos daños afectan economicamente a otros vecinos del inmueble, y el inquilino se niege a pagar. Alguien en el piso de alquiler pinchó el cable de la televisión de la vecina de arriba, de forma ilegal. La vecina se dió cuenta, a los tres meses, que la recepción defectuosa de su señal de tv era debida al pinchazo de su cable. Ahora, la vecina me reclama a mi (al dueño) el importe de sus tres mensualidades en concepto de daños y perjuicios. ¿Debo responsabilizarme de esos costes, si el inquilino no lo paga?, ¿Hay alguna legislación que regule estos casos?. Muchas gracias.
Jesús:
Te digo lo mismo que antes, pregúntaselo a un abogado, yo no te sé responder. Lo siento.
Buenas tardes, mi problema es que mi inquilino desde éste mes se ha dado a la fuga. Ni trabaja en el mismo sitio(se fué después de cobrar) y no me pagó. Ni puedo localizarle ni en el móvil ni en mi casa alquilada. ( No me abre) y el caso es que yo necesito el piso para vivir yo. En el contrato le tengo puesto que con dos meses de antelación si se lo digo se tiene que ir, pero no puedo ponerme en contacto con él. Ha intentado no pagame otros meses, pero al final lo hacía (porque me personaba en su lugar de trabajo todos los días) pero ya es día 25 y nada. ¿como puedo hacer para que se vaya por éste motivo? (necesito el piso) ¿como puedo hacer para que él se de por enterado de que se tiene que ir dentro de un mes y 5 días? Gracias
Nuria:
Te digo lo mismo que a Jesús, esto lo tienes que consultar con un abogado. En este blog no escribimos abogados, y los artículos que versan sobre la legalidad de la vivienda se basan en nuestra lectura de la ley, pero no somos expertos que puedan asesorar sobre situaciones concretas.
Mi problema es que alquile una vivienda a una anciana de 92 años que vive sola con su marido de 98.Resulta que ahora tiene demencia degenerativa y alzheimer y me da miedo que sigan viviendo en mi piso porque lo considero un riesgo para la vivienda y para el edificio.Los vecinos protestan porque mi inquilina deja el gas encendido y se quema la sarten,deja el grifo abierto y al ser un bajo a inundado varias veces el portal…Le dije a sus hijos que queria que se marchasen y les devolveria la fianza y una cantidad en concepto de rescision de contrato,pero los hijos no se ocupan de ellos.En los Servicios sociales me dijeron que como los ancianos tiene familia no pueden actuar de oficio.Si,pagan religiosamente,pero me parece arriesgado tener unos inquilino asi…¿Que hago?
hola. estoy pensando en compra un piso en la coruña q esta alquilado a un minusvalido, su contrato de tres años caduca en marzo del 2007 pero tengo q hacer la compra ahora, el piso es de un particular pero lo tiene puesto en la xunta para alquiler a persoans con bajos recursos y me an dicho q podia tener derecho a dos años mas. mi pregunta es primero ¿ donde me puedo informar ? y segundo ¿q tengo q hacer para poder habitar yo el piso ?
Siempre leo que la ley intenta ayudar a los arrendadores y facilitarles las cosas para poder echar a un inquilino, aumentarles los derechos, avales, juicios rapidos paraechar aun inquilino moroso… ¿pero que ocurre con los inquilinos? ¿porque no encuentro nada por internet para informarme como defendernos los inquilinos? ¿no tenemos derechos? Os voy a contar mi caso y entendereis por qué digo todo esto:
hace cosa de 3 años tenia un local en alquiler para un negocio, el negocio fue mal y cerré. Yo entregué una carta con las correspondientes llaves al propietario (no sabia que existía eso del burofax) y todo se quedó ahi (sí, mi inexperiencia fue incuestionable). El problema ha sido hace cosa de 2 meses, que me entero que tengo una sentencia en mi contra por valor de 20.000 €!, porque el casero me denuncio por falta de pago y tramitó el correspondiente deshaucio. Ahora tengo que pagarle sin haber estado en ese local. (no tenia yo notificacion de nada, ya que a parte de no estar en el local, la direccion del contrato de mi casa ya no era valida). ¿No os parece esto injusto? me da rabia que las leyes que se hacen para mejorar la situacion de una de las partes en un contrato luego sean utilizadas para arremeter contra la otra a base de abogados cuando ese arrendador, como ha sido el caso, ha detectado un error de forma (no haber tenido yo nada para demostrar que le di las llaves) y se ha aprovechado para sacar dinero de ello. Ojala hubiese tenido yo un juicio rapido, ya que asi solo habria pagado un mes hasta que “me hubiesen deshauciado”.
Hola, tengo un piso arrendado con un alquiler de cinco años de duración. En el contrato no hay ninguna cláusula que especifique que se puede rescindir en contrato si el propietario lo necesita como vivienda habitual. ¿Tendría alguna posibilidad, aún así, de rescindir el contrato antes de cinco años si necesitara el piso como residencia habitual y lo pudiera documentar? (Es decir, con el compromiso de instalarme en un plazo de tres meses) Gracias.
hola, mis padres hicieron un contrato de alquiler, pero actualmente el inquilino no vive alli y el piso es ocupado por su ex pareja y los hijos en comun..¿es posible echarlos?
me fuy a trabajar fuera y alquile mi casa y ahora la necesito . la e alquilado por 1 año puedo hacer algo gracias
hola somos tres chicas colombians estamos en un piso de alquiler mi marido se separo y el es el que esta pagando el arrendo del piso pero lleva un mes y medio sin pagar y la dueña del piso vienes casi tosos lod dias a pedirnos las llaves a nosotras que devemos hacer en este caso darles las llaves esperas que pase mas dias para buscar casa o que?
hola, tengo un piso alquilado a dos personas 1 de 64 años y otra de 70 años mas o menos.
y me han hecho un destrozo en la chimenea,en verde echar leña dentro dela chimenea, me la han puesto fuea dela chimenea y esta casa negra, ademas de que no limpian son unos guarros.
y he pensado en decirles que necesito el piso por que me quiero independizar de mis padres, ademas soy persona discapacitada .
me gustaria que me ayudarais ecribirme un e-mail por favor
Vivo en un piso alquilado y tengo una minusvalia del 95% me la alquilaron un matrimonio ,pero el hijo me amenaza con echarme en el momento que mueran sus padres que puedo hacer me tendria que dar un tiempo para buscar otra cosa ,mi renta la pago todos los meses puntual,que derechos tengo
Tengo un piso arrendado, el inquilino me debe 4 meses y casi 600 euros de luz. Se le acaba el contrato ahora a final de Agosto y le he mandado un burofax q no le ha llegado por no encontrarse en el domicilio y tampoco quiere cojer la carta en mano. Le he dicho q queria usarlo como vivienda propia, pero me amenaza con ir a los tribunales. No tengo dinero para meterme en abogados, pero estaria dispuesta a pagar si me devolviera algo de los 2600 euros q ya me debe. Q tengo q hacer?
Hola, alquilé mi piso durante un plazo de cinco años como indica la ley.
Han pasado dos y actualmente necesito el piso no para venderlo ni para hacer negocio sino para volver a vivir en el pues mis circunstancias me obligan a esto.
Puse una clausula en la cual si lo necesitaba para mi y para mi familia se podia romper el contrato.
Pero claro, solo lo necesito para mi.
Conclusión:
Necesito el piso como residencia habitual. Me instalaria al dia siguiente de acabar el contrato.
Tengo alguna posivilidad de rescindir el contrato legalmente ?
Un abrazo y muchas gracias.
Javier:
Creo que sí. Manda a los inquilinos una carta solicitando que dejen la vivienda en la fecha que digas de acuerdo con la cláusula, de buenas maneras, y si pusieran alguna objeción pues ya tendrías que recurrir a un abogado.
Hola! Me gustaría que contestaran a Paula, ya que yo estoy en la misma situación. Gracias. ¿Donde podemos denunciar a un inquilino que no paga?