No hay tantas viviendas vacías
- Martes 19 Septiembre 2006
Una cosa que se dice siempre en España es que hay muchas viviendas vacías, que ni se alquilan ni están habitadas. Son segundas residencias, las típicas casas de los pueblos, en la playa, etc. Pero los últimos datos de Hacienda dicen que muchas de estas viviendas, consideradas vacías, en realidad se están alquilando, bajo cuerda.
En el primer semestre del año el número de contribuyentes que ha declarado obtener ingresos por alquiler de vivienda ha aumentado un 15%. Todo ello gracias al plan de Hacienda contra el fraude fiscal del sector inmobiliario. La técnica ha sido muy sencilla: incluir en la declaración del IRPF la obligación de indicar la referencia catastral de la vivienda habitual. Si se vive de alquiler también. Luego rápidamente saltan las alarmas cuando una persona vive en un piso de alquiler cuyos dueños no declaraban tener alquilado.
Además de relucir estas viviendas no vacías, el plan también ha hecho que crezcan en un 35% el número de contribuyentes que declaran poseer una segunda vivienda. Y es que Hacienda está metiendo mano al sector inmobiliario, que todo el mundo sabe que está lleno de dinero negro, los típicos billetes de 500 euros que nadie ve pero que según dicen los expertos están por todas partes.
Vía | El Mundo
En Cienladrillos | La falta de una norma impide gravar con más impuestos las viviendas vacías
En El Blog Salmón | La segunda vivienda aflora
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No hay tantas viviendas vacías




Comentarios
¡Añade tu comentario!yo también alquilo mi chalet en valencia, ya que lo tengo allí, puedo sacar algun dinerillo extra.
Si tengo una casa en la costa donde pasamos las vacaciones yo y mi hijo casado al que no cobro y demas se la alquilo a un pariente quince dias del verano y no lo declaro, y en conjunto está desocupada diez meses al año. ¿Que es, una segunda vivienda, una casa vacia, o un negocio pirata?.
Yo sinceramente no se contestar con la ley en la mano, pero para mí, que es una segunda vivienda.
Los datos que suele dar el INE sobre vivienda vacía están claramente hinchados, especialmente si los queremos utilizar para argumentar que esas viviendas se utilizan con el único fin de especular y que podrían ser ocupadas por otras personas.
Hay muchas viviendas que son utilizadas esporádicamente (verano, fines de semana) o por familiares, o están vacías porque no son habitables. Efectivamente son segundas viviendas, pero no viviendas vacías.
En Euskadi, el Gobierno Vasco hace una encuesta inmobiliaria periódica, y estima las viviendas desocupadas durante un año mínimo y con posibilidades de salir al mercado en unas 25 a 30 mil
Se habrán descubierto muchas viviendas alquiladas bajo cuerda, pero en mi opinión no se están tomando suficientes medidas contra la explotación y estafa de dichos caseros “ilegales”. De hecho para poder desgrabar es el inquilino quien se las tiene que ver con el dueño, en vez de ser hacienda quien persiga a estos últimos (que en mi opinión tiene mucho más sentido).
cactux:
Eso sólo en la Comunidad de Madrid. El mayor problema del control de la vivienda es que mucha gente no tiene que realizar la declaración de la renta y la tendencia es cada vez a que menos gente la tenga que rellenar (menos papeleo, más barato sale el control fiscal), pero si no se obliga a la gente a decir donde vive y en qué situaciones no se puede controlar esos pisos alquilados bajo cuerda.
Tampoco resulta correcto decir que están alquiladas bajo cuerda, pues normalmente se firman contratos de inquilinato que cumple todos los requisitos legales. Lo que ocurre es que con frecuencia, el casero no declara la renta en su Declaracion de la Renta.
No es un problema entre inquilino y arrendadortario, sino entre arrendatario e inspector de haciendsa, el inquilino nada tiene que ver en ello.
Por otra parte si el inquilino tiene derecho a desgravación por el alquiler del piso, lo debe aprovecharlo sin dar cuenta al casero, pues ese es un asunto privado entre el inquilino y Hacienda.
Con “bajo cuerda” me refería sin que Hacienda se enterase, por supuesto que los contratos cumplen con la ley y si no es así da igual, pues cualquier juez defendería al inquilino si el contrato no se ajustase a las normas establecidas.
Creo que lo que Cactux quería decir respecto al asunto de las desgravaciones es que en la Comunidad de Madrid para acceder a la desgravación del inquilino el casero debe depositar la fianza en un organismo público, luego el inquilino debe pedirle al casero que lo haga. Sería más conveniente que no hubiera mediación, como ocurre en la Comunidad Valenciana.
Por el año 1950 era obligatorio depositar las fianzas en un organismo oficial. Lo sé porque he intervenido en acuerdos con inquilinos de renta antigua y venia expresado en el contrato que firemaron. Ahora creo que no lo es, al menos nadie lo hace, pero me entra la duda de si está derogada la obligacion de hacerlo o simplemente no se hace. ¿Alguien lo sabe con seguridad? el usar papel timbrado para la primera página del contrato, que antes se hacia y ahora rara vez, ¿Es obligatorio?
Me imagino que estará derogada la obligación, ya que en Madrid cuando se hace es en un organismo autonómico. De todas formas si lo haces tarde te ponen un pequeño recargo. Realmente los inquilinos están presionando para que los propietarios lo hagan, pero a veces es duro.
Sobre lo del papel timbrado ni idea. Me imagino que no. A ver si alguien aporta algo más de luz sobre el tema.